De acuerdo con la Ley Nº 27605, se dispuso lo siguiente:• Los empleadores que realicen aportes y retenciones por concepto de prestaciones previsionales (AFP/ONP) y de salud (Essalud/EPS) de sus trabajadores están obligados a presentar ante las entidades administradoras de las contribuciones correspondientes, bajo responsabilidad, una Liquidación Anual de Aportes y Retenciones de la Seguridad Social, por cada uno de los trabajadores asegurados o afiliados.Plazo: hasta el 31 de enero por las contribuciones de 2010, aun cuando el trabajador haya laborado por un período menor de doce meses.• Los empleadores que realicen aportes y retenciones por concepto de prestaciones previsionales (AFP/ONP) están obligados a entregar al trabajador el Comprobante de Retenciones por Aportes al Sistema de Pensiones, conjuntamente con el Certificado de Retenciones de Rentas de Cuarta y Quinta Categoría del Impuesto a la Renta, sin perjuicio de la presentación de la Liquidación Anual de Aportes y Retenciones.• Entidades ante las que se debe presentar la Liquidación Anual: Sunat (por los aportes a Essalud y ONP), EPS (por los aportes a la EPS) y AFP (por los aportes a cada AFP).
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Michael mientras que no superes el monto mínimo anual (creo que ese año fue de 31100) no es necesario declarar, así ayas emitido un solo recibo... - may 17, 2:29 PM
EDUARDO solo suma todo los recibos de honorarios - may 17, 12:56 AM
EDUARDO referente a tu pregunta, solo puedes ingresar los recibos por honorarios a tu libro de ingreso, si ya pasaste a lanilla debes registrar en dicho... - may 17, 12:55 AM
EDUARDO el descuento del 10% para renta de cuarta es partir de los 1501 - may 17, 12:51 AM
Lupe hola. mi consulta es: ¿debo seguir ese procedimiento de retenciones de 5ta categoría proyectando la remuneration por 14 o por el tiempo que me quede... - may 16, 6:20 PM
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consulta de AFP
Me estoy en proceso de jubilando por invalidez permanente en la AFP, mi empleador vino haciendo las aportaciones normalmente por lo que estoy además cubierto por el seguro. El problema es que mi empleador realizaba las aportaciones sobre un sueldo unilateral e ilegalmente reducido en un 20%. Ya gane el juicio en la Corte Suprema y pronto van a regularizar mi sueldo mas el 20% por la reducción indebida y devolver lo retenido (ya hay decenas de casos similares en nuestra institución). El tema es que la AFP me está jubilando con un sueldo reducido (1,920.00) cuando mi sueldo siempre fue de 2,400. Por ello los aportes también fueron reducidos en un 20%. Perjudicando el cálculo de mi jubilación. Como hago para que la AFP (que ya me está pagando una pensión provisional sobre el 70% del 1,920.00) me regularice con mi sueldo real. Muchas gracias por su amable respuesta.
si usted tiene la resoluccion de la corte suoprema y si tiene otros medios de comprobacion tbm seria necesario de adjuntarlo en un medio provatorio y teniendo todo los papeles lo que usted tiene que hacer es lo siguiente presentar a la AFP y SBS solicitando la regularizacion de la pension
HAY MULTA SI NO PRESENTO MI LIQUIDACIÓN ANUAL DE APORTES Y RETENCIONES Y EL COMPROBANTE DE RETENCIONES POR APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES DESPUES DEL 31 DE ENERO SEGUN LO ESTIPULADO EN LA LEY 27605.